¿Que hicimos que?

CIDH CONDENA EJECUCIONES DE DOS PERSONAS EN ESTADOS UNIDOS EN TRANSGRESIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES 

Washington, DC, 21 de junio de 2010 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la ejecución judicial por parte de Estados Unidos de David Powell y de Ronnie Lee Gardner, en desconocimiento de las medidas cautelares otorgadas a su favor por la CIDH. El señor Powell fue ejecutado en el Estado de Texas el 15 de junio de 2010, y el señor Gardner en el Estado de Utah el 18 de junio de 2010. Esta no es la primera vez que Estados Unidos ejecuta a una persona beneficiaria de medidas cautelares de la CIDH.

 El 14 de junio de 2010 la CIDH había otorgado medidas cautelares a favor de David Powell, quien se encontraba preso en espera de la ejecución de la pena de muerte desde 1978. La solicitud de medidas cautelares había sido presentada en el contexto de una petición sobre la presunta violación de derechos consagrados en la Declaración Americana, alegando presuntas irregularidades en el proceso. Asimismo, la petición alegaba que el período extenso de tiempo en que David Powell estuvo en la cárcel en espera de la ejecución de la pena de muerte constituiría castigo cruel e inusual. 

 El 17 de junio de 2010 la CIDH había otorgado medidas cautelares a favor de Ronnie Lee Gardner, quien se encontraba preso en espera de la ejecución de la pena de muerte desde 1985. La solicitud de medidas cautelares había sido presentada en el contexto de una comunicación sobre la presunta violación de derechos consagrados en la Declaración Americana. En la comunicación se alegaban aspectos relacionados con la presunta falta de debido proceso judicial, y que el período extenso de tiempo en que Ronnie Lee Gardner estuvo en la cárcel en espera de la ejecución de la pena de muerte constituiría castigo cruel e inusual. 

 A través de las medidas cautelares, la Comisión había solicitado a Estados Unidos abstenerse de ejecutar la pena capital en ambos casos, hasta tanto tuviera la oportunidad de decidir sobre los reclamos de los peticionarios sobre las presuntas violaciones de la Declaración Americana. 

 El desconocimiento por parte de un Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos de una solicitud de que se preserve la vida de un recluso condenado a muerte en tanto se examina la petición que éste haya presentado contraviene las obligaciones internacionales de ese Estado, pues va en detrimento de la eficacia de los procedimientos de la Comisión, privando a las personas condenadas de su derecho de petición en el sistema interamericano de derechos humanos antes de la ejecución de la pena de muerte. 

 La Comisión deplora el desconocimiento por parte de los Estados Unidos de la solicitud de la Comisión de que se respetara la vida del señor Powell y del señor Gardner. La Comisión insta a los Estados Unidos a implementar todas las medidas cautelares que dicte, y a respetar plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, establecidas en la Declaración Americana. 
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Comentarios

Marta Salazar dijo…
gracias por tu artículo
muchos saludos

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